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Permisos temporales de circulación de vehículos.

En ocasiones, la matriculación definitiva ordinaria de un vehículo automóvil o ciclomotor, nuevo o procedente de otro país, no es un proceso tan simple. A veces, los vehículos necesitan trámites previos que requieren una matrícula provisional para poder ser transportados, importados, conducidos, mostrados, etc..

En España se contemplan dos grandes grupos de permisos temporales de circulación, los dirigidos a usuarios particulares y los dirigidos a empresas. Estos tipos de matriculaciones se denominan especiales y requieren de unos requisitos para su otorgamiento.

Matrículas temporales para usuarios particulares

Las matrículas temporales para usuarios particulares se dividen en dos tipos, las de 10 días de duración sin posibilidad de prorroga y las de 60 días de duración con posibilidad de prorroga.

Las de 10 días podrán ser otorgadas si el vehículo se ha adquirido en provincia distinta de donde se desea matricular definitivamente, principalmente para su traslado.

Las de 60 días de duración son para circular mientras se tramita la matrícula definitiva y se puede otorgar en supuestos como, cuando se haya adquirido sin matricular en el extranjero, cuando se adquiera sin carrozar, cuando se haya adquirido en subastas sin matricular debiéndose someter a inspección técnica previa, etc.. entre otras.

Matrículas temporales para empresas

El plazo de validez que tienen estos permisos temporales para empresas es de un año sin posibilidad de prorroga, y se otorgan, principalmente, a fabricantes, carroceros, importadores, vendedores o distribuidores de vehículos a motor o ciclomotores.

Anotaciones en el boletín de circulación.

Estos tipos de permisos temporales para empresas exigen que se anote cada desplazamiento que se realice, con el vehículo en cuestión, durante su periodo de validez. Para realizar las anotaciones se usará el boletín de circulación, que es un talonario donde se recogerá cada viaje por duplicado, datado y firmado por el encargado, entregándose el original al conductor y quedando copia en la matriz del talonario.

Tanto los originales como las copias deberán ser custodiados por la empresas hasta seis meses después de la caducidad del permiso, al efecto de las posibles inspecciones por parte de las Jefaturas de Tráfico.

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