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¿Podemos conducir sin puntos en el carnet?

Vamos a decir que, lo que nos quita la autorización a conducir es la suspensión cautelar o la pérdida de la vigencia del permiso o licencia de conducción.

La vigencia del permiso no sé pierde automáticamente cuando a un conductor lo sancionan con la retirada de todos los puntos del carnet, ni tan siquiera con las sanciones en firme. La pérdida de vigencia es un procedimiento aparte, que se inicia como consecuencia de la pérdida en firme de los puntos.

De manera excepcional, la vigencia puede ser suspendida cautelarmente durante el procedimiento de pérdida de vigencia, cuando entrañe grave peligro. La suspensión cautelar impide conducir.

Puede darse el caso de que se hayan perdido todos los puntos mediante sanciones en firme, y que al mismo tiempo, el procedimiento de la pérdida de vigencia no haya finalizado, en cuyo caso, hasta que no se comunique la pérdida de vigencia al conductor se va a poder seguir conduciendo aunque sea con 0 puntos.

De hecho, el inicio del procedimiento para la pérdida de vigencia se tiene que comunicar al titular del permiso una vez se tenga constancia de las sanciones en firme y se le tienen que dar 10 días para que haga las alegaciones oportunas.

Una vez finalizado el plazo anterior, la jefatura de tráfico dictará resolución que se notificará al interesado en el plazo de quince días, ya que la declaración de pérdida de vigencia corresponde únicamente la Jefe de tráfico.

La resolución que declare la pérdida de vigencia deberá ser notificada en el plazo máximo de seis meses.

Por tal motivo, podemos afirmar que, de no haberse suspendido previamente de manera cautelar la vigencia, hasta el momento en que se le notifique la pérdida de vigencia, el titular va a poder seguir circulando con su permiso aunque tenga 0 puntos.

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