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Todo sobre el permiso por puntos.

La vigencia del permiso de conducir en España está condicionada a que no se hayan perdido todos los puntos del permiso de conducir. La pérdida de vigencia es un procedimiento de oficio, posterior a la perdida de puntos, llevado a cabo por la jefatura de tráfico.

Lo sancionable es la conducción habiéndose declarado la pérdida de vigencia del permiso de conducir.

Saldo inicial de puntos: De origen, la Ley 17/2005 del permiso por puntos, a su entrada en vigor, otorgaba:

  • 12 puntos al poseedor de un permiso o licencia de conducir con una antigüedad superior a tres años.
  • 8 puntos al titular de un permiso o licencia con antigüedad inferior a tres años, salvo que sea titular de otro permiso con una antigüedad mayor.
  • 8 puntos a los que han obtenido una nueva autorización tras haber perdido la anterior por la pérdida total de los puntos.

El crédito de puntos es único para todas autorizaciones administrativas de las que sea titular.

Si se pierden puntos por sanciones en firme.

El titular del permiso que haya perdido parte del crédito de puntos y siempre que su saldo de puntos sea positivo, podrá optar por:

Recuperar los puntos por el transcurso del tiempo.

  • El crédito de 8 puntos otorgado a los conductores noveles es excepcional, y transcurridos dos años sin haber sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que
    impliquen la pérdida de puntos, pasarán a tener 12 puntos. Ocurrirá lo mismo con el conductor que se haya visto afectado por una pérdida parcial de puntos.
  • Manteniendo el crédito de 12 puntos durante los siguientes 3 años, se pasará a tener 14 puntos.
  • Y si se mantiene el crédito bonificado de 14 puntos durante los 3 años siguientes se alcanzará el máximo de 15 puntos.

Recuperar los puntos realizando cursos.

  • Curso de conducción segura y eficiente. Se podrán recuperar como máximo 2 puntos. Establecidos por orden del ministerio del interior. Duración mínima 6 horas. Deben incluir formación teórica y práctica. La duración máxima de los cursos será como máximo de 15 horas.
  • Curso para la recuperación parcial de puntos. Se podrán recuperar hasta un máximo de 4 puntos. Y nunca más de los que se hubieran perdido. La duración de los cursos será de 12 horas.

Los titulares de autorizaciones del Grupo 1 podrán realizar los cursos una sola vez cada dos años y recuperar hasta un máximo de seis puntos. Los conductores profesionales del Grupo 2 podrán realizarlos anualmente.

Recuperación del permiso o la licencia de conducción.

El titular que, por sanciones en firme, haya perdido la vigencia del permiso por la perder la totalidad del crédito de puntos, deberá realizar con aprovechamiento un curso de recuperación del permiso o la licencia de conducción para, posteriormente, poder presentarse a la prueba de control de conocimientos. La duración de los cursos será de 24 horas

En este caso, la prueba de control de conocimientos de la que se habla dará derecho al titular a presentarse hasta en tres convocatorias. De no superarse la prueba, entre cada convocatoria tendrá que realizar un ciclo formativo de cuatro horas de duración en el centro donde realizó el curso.

Este curso permitirá, igualmente, volver a ejercer la actividad de la conducción al titular que haya sido condenado por sentencia firme por la comisión de un delito castigado con la privación del derecho a conducir.

La duración de este curso será de veinticuatro horas y tendrán una parte común y otra específica. Esta formación individualizada podrá tener en cuenta el perfil infractor de cada conductor.

A tener en cuenta:

  • No se podrán perder puntos si se conduce un vehículo para el que no se necesita permiso o licencia de conducir.
  • No se podrán perder más de ocho puntos por acumulación de sanciones en un mismo día salvo que sean infracciones muy graves, en cuyo caso se podrá perder la totalidad de los puntos en un mismo día.

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